Será de la competencia del Ministerio del Interior y Justicia, previa conformidad del Ministerio del Trabajo, la autorización del Visado de Transeúnte Laboral. Los requisitos que deban cumplir los contratantes en el país serán establecidos por los Ministerios antes citados.
El Visado Transeúnte Laboral se otorgará con una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, y permitirá una permanencia por igual período. Podrá ser prorrogado en el país por el Ministerio del Interior y Justicia por igual término, previa ratificación de la autorización laboral por parte del Ministerio del Trabajo.
Cuando el cónyuge, hijos menores de dieciocho (18) años de edad, progenitores y padres políticos del titular del visado Transeúnte Laboral se trasladen al país a establecerse con él, se le otorgará el visado Transeúnte Familiar (TR-F-L).
Al extranjero que hubiese permanecido un mínimo de un año sin interrupción en el territorio de la República con Visa de Transeúnte Laboral (TR-L), el Ministerio del Interior y Justicia le podrá otorgar, si lo solicitare, la condición de Residente, que será renovada cada cinco (5) años.
REQUISITOS:
TRÁMITE:
1.- Enviar los requisitos a info@consulvenberlin.de o traerlos personalmente a la Sección Consular.
2.- Al verificar los documentos por usted enviados, se le responderá el correo electrónico concertando la cita para la entrevista.
3.- Acudir a la cita el día pautado, con los requisitos arriba listados.
4.- Luego de la entrevista y confirmación de la recepción de la autorización de visado en sistema, la emisión de la visa puede tardar hasta 2 semanas. En caso que desee que le enviemos su pasaporte con el visado por correo postal, debe traer el sobre con la etiqueta prepagada del envío. Recomendamos servicio con rastreo y seguro.
GESTIÓN CONSULAR: 60 EUROS